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Contraloría detecta 164 casos de personas inhabilitadas para trabajar con menores contratadas en servicios públicos

  • Martes 6 de enero de 2026
  • 15:49 hrs

La Contraloría General de la República informó la detección de 164 casos de personas inhabilitadas para trabajar con menores de edad que fueron contratadas por entidades públicas entre 2020 y agosto de 2025, incumpliendo la normativa vigente.

Según detalló el organismo fiscalizador, el hallazgo se realizó a partir del Consolidado de Información Circularizada (CIC) N°19, el cual permitió constatar que 72 entidades públicas —entre ellas municipalidades, Servicios Locales de Educación Pública (SLEP), servicios de salud y hospitales— mantuvieron vínculos contractuales con personas que no estaban legalmente habilitadas para desempeñar funciones con contacto directo y habitual con menores.

Marco legal incumplido

La Contraloría recordó que el artículo 6 bis del Decreto Ley N°645, de 1925, establece la obligación de toda institución pública de verificar, antes de contratar o designar personal, si la persona se encuentra afecta a las inhabilitaciones contempladas en los artículos 39 bis y 39 ter del Código Penal. Estas disposiciones se refieren a la inhabilitación absoluta, perpetua o temporal para ejercer labores que impliquen relación directa y habitual con menores de edad.

Pese a esta exigencia legal, el informe reveló que solo durante 2025 se identificaron 35 casos de personas inhabilitadas que figuraban contratadas para cumplir funciones públicas con contacto directo con niños, niñas y adolescentes.

Tipos de cargos involucrados

De acuerdo con la información entregada por la Contraloría, la mayor parte de los cargos desempeñados por las personas inhabilitadas se concentró en el ámbito educacional, principalmente en funciones como:

  • Profesor

  • Asistente de la educación

  • Auxiliar de aseo

Asimismo, el organismo precisó que algunas de estas personas pudieron haber prestado servicios en dos o más instituciones públicas durante el período analizado.

Medidas y acciones instruidas

La Contraloría instruyó que las entidades que actualmente mantengan vínculos jurídicos con personas con inhabilitación absoluta o perpetua deberán dar cumplimiento inmediato a la normativa vigente. Para ello, deberán aplicar lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley N°18.575, tanto en lo relativo a las remuneraciones pagadas indebidamente como a las responsabilidades administrativas de los funcionarios que participaron en los procesos de contratación.

Además, se ordenó iniciar los procedimientos disciplinarios correspondientes para determinar eventuales responsabilidades administrativas por el incumplimiento del artículo 6 bis del Decreto Ley N°645. Las entidades deberán remitir el acto administrativo que da inicio al sumario y reportar todas las acciones adoptadas en el Sistema de Inspección de Acciones Derivadas de la Contraloría, en un plazo máximo de cinco días hábiles.